Agua potable

Aprobaron la actualización de las tarifas de agua y cloacas de San Martín de los Andes

El incremento se aplicará en diez tramos mensuales, entre octubre de 2026 y julio de 2027

Aprobaron la actualización de las tarifas de agua y cloacas de San Martín de los Andes

El incremento se aplicará en diez tramos mensuales, entre octubre de 2026 y julio de 2027. La ordenanza también dispone cambios en la distribución de los costos eléctricos del servicio y establece mayores controles sobre las inversiones de la Cooperativa de Agua.

El Concejo Deliberante de San Martín de los Andes aprobó una actualización extraordinaria y transitoria del cuadro tarifario de los servicios de agua potable y desagües cloacales. La medida contempla un incremento nominal del 79%, distribuido en diez tramos mensuales consecutivos.

La actualización toma como base los montos resultantes de la aplicación del Decreto DEM 2692/2026 y alcanza el abono del servicio, los excedentes, el saneamiento, el cargo por medidores y el canon.

Cómo se aplicarán los aumentos

El cronograma aprobado establece dos primeros incrementos del 20%: uno correspondiente a octubre y otro a noviembre de 2026.

A partir de diciembre, se aplicarán aumentos del 5% mensual hasta junio de 2027, mientras que en julio se sumará un último tramo del 4%.

El esquema quedó establecido de la siguiente manera:

  • Octubre 2026: 20%.

  • Noviembre 2026: 20%.

  • Diciembre 2026: 5%.

  • Enero 2027: 5%.

  • Febrero 2027: 5%.

  • Marzo 2027: 5%.

  • Abril 2027: 5%.

  • Mayo 2027: 5%.

  • Junio 2027: 5%.

  • Julio 2027: 4%.

La Cooperativa asumirá costos eléctricos

Otro de los puntos aprobados establece que, a partir del período de mayo de 2027, el Departamento Ejecutivo podrá instrumentar la transferencia a la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de San Martín de los Andes de la titularidad y los costos de determinados suministros eléctricos.

La medida comprende los consumos de PTE1, PTE3 y los sistemas de bombeo que actualmente son afrontados por la Municipalidad.

Nuevos controles sobre las inversiones

La ordenanza también habilita al Departamento Ejecutivo a incorporar a la tarifa la amortización de equipamientos y obras que se reemplacen o incorporen al servicio, siempre que exista un dictamen previo del Organismo de Control Municipal (OCM).

Para ello, la Cooperativa deberá acreditar la identificación de cada bien, su titularidad, fuente de financiación, fecha de recepción y puesta en funcionamiento, valor de origen, vida útil y valor residual.

Además, se establece un Fondo de Reserva para Inversiones con una cuenta contable separada. Los recursos tendrán como destino exclusivo la reposición de bienes, nuevas inversiones del plan aprobado o el recupero de las inversiones realizadas.

La concesionaria deberá informar mensualmente los fondos recaudados, utilizados y disponibles. Por su parte, el Organismo de Control Municipal deberá elevar informes semestrales al Concejo Deliberante.

Se mantiene la actualización mensual ordinaria

Los fundamentos de la ordenanza aclaran que esta recomposición extraordinaria no reemplaza la actualización mensual ordinaria autorizada por la Ordenanza 15657/2026, que continuará vigente.

También señalan que la revisión de los costos deberá contemplar auditorías técnicas y contables, y que la incorporación de nuevas inversiones deberá contar con documentación respaldatoria y mecanismos de fiscalización.

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