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Revocaron una absolución

Condenan en un nuevo juicio a un hombre por abuso sexual agravado contra una adolescente

El acusado había sido absuelto en un primer debate, pero el Tribunal de Impugnación anuló ese fallo y ordenó la realización de un nuevo juicio. Ahora fue declarado penalmente responsable por unanimidad y resta definir la pena.

Condenan en un nuevo juicio a un hombre por abuso sexual agravado contra una adolescente

Un hombre fue declarado penalmente responsable por el delito de abuso sexual agravado contra una adolescente, luego de un nuevo juicio realizado en San Martín de los Andes. La decisión fue adoptada por unanimidad por las juezas Bibiana Ojeda y Leticia Lorenzo y el juez Eduardo Egea, tras un debate oral de tres jornadas impulsado por el Ministerio Público Fiscal.

La acusación estuvo a cargo del fiscal del caso Hernán Scordo y la asistente letrada Lucía Lucero, quienes lograron acreditar la responsabilidad del imputado por un hecho ocurrido el 7 de noviembre de 2024, entre la 1 y las 2 de la madrugada, en un complejo de cabañas.

El tribunal lo declaró responsable del delito de abuso sexual agravado por haber sido cometido contra una persona menor de 18 años, aprovechando una situación de convivencia preexistente.

Este nuevo juicio se llevó adelante luego de que el Tribunal de Impugnación revocara la absolución dictada en el primer debate y ordenara la realización de un nuevo proceso con una integración distinta del tribunal.

Durante los fundamentos del veredicto, la jueza Leticia Lorenzo señaló que no existía discusión respecto de que el acusado y la víctima estuvieron en el mismo lugar, que el hombre ingresó a la habitación donde la adolescente dormía y que existió contacto sexual. El punto central del juicio fue determinar si ese acto había sido consentido.

El tribunal concluyó que la fiscalía logró demostrar que la víctima quedó paralizada durante el hecho, lo que le impidió prestar un consentimiento válido. En ese sentido, los magistrados remarcaron que una persona paralizada no puede consentir un acto sexual.

Asimismo, consideraron que el relato de la víctima fue coherente desde la denuncia hasta su declaración en el juicio y que no surgieron elementos que permitieran poner en duda su credibilidad. También valoraron que la denunciante no obtenía ningún beneficio con la acusación y, por el contrario, afrontó consecuencias personales y sociales derivadas del proceso.

En su resolución, el tribunal recordó además que el consentimiento debe ser actual, comunicado y conocido, y enfatizó que no puede presumirse ni deducirse de conductas anteriores, ni corresponde a la víctima demostrar que no existió consentimiento.

La causa ingresó ahora en la etapa de cesura, en la que se debatirá la pena que deberá cumplir el condenado. Las partes disponen de cinco días para ofrecer la prueba correspondiente antes de la audiencia de determinación de la sanción.

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