Se podrá recolectar entre el 8 de marzo y el 27 de abril

Regulación en la recolección de piñones

Regulación en la recolección de piñones

La temporada de recolección de piñones para el año 2025 estará habilitada desde el 8 de marzo hasta el 27 de abril, exclusivamente en zonas permitidas. Así lo confirmó la Subsecretaría de Producción del Ministerio de Economía, Producción e Industria, que instó a respetar tanto las fechas como las condiciones de recolección.

Solo los residentes de los departamentos habilitados podrán obtener los permisos necesarios para la recolección. Asimismo, se enfatizó la prohibición de métodos agresivos para obtener los piñones, recordando que deben ser recolectados únicamente del suelo.

Como cada año, se llevarán a cabo campañas de concientización con la coordinación de diversas instituciones. Además, se reforzará la información para turistas y visitantes sobre los procedimientos permitidos y la importancia de evitar la compra y venta de piñones a través de redes sociales.

Requisitos para la recolección y permisos

Para tramitar la Guía Forestal Única (GFU), los solicitantes deberán ser mayores de edad y contar con domicilio en la provincia, lo cual se acreditará con su documento nacional de identidad. La solicitud se podrá realizar en el sitio web oficial:

https://produccioneindustria.neuquen.gov.ar/forestales/solicitud

Los integrantes de agrupaciones mapuches deberán presentar un certificado de pertenencia expedido por la autoridad correspondiente. Por su parte, los pobladores rurales tendrán que presentar un permiso de veranada vigente, otorgado por la Dirección de Tierras de la Provincia del Neuquén. En el caso de los pobladores urbanos del Área Natural Protegida de Caviahue, se solicitará un comprobante de domicilio legal en la localidad.

Aquellas personas que requieran la exención del pago de aforos deberán presentar documentación específica: los integrantes de agrupaciones mapuches necesitarán una autorización de su comunidad con firma de la autoridad vigente, mientras que los ciudadanos con escasos recursos deberán presentar un certificado de negatividad de ANSES.

Procedimiento y limitaciones

La Dirección General de Recursos Forestales será la encargada de evaluar y definir los mecanismos para la emisión de guías y asignación de cupos de recolección, basándose en la disponibilidad del bosque. Para los miembros de comunidades mapuches y pobladores rurales, se podrá autorizar un cupo superior al máximo permitido de 30 kg, según la productividad estimada en cada área habilitada.

En propiedades privadas, solo se entregarán guías de consumo a quienes acrediten residencia en la zona, mediante una autorización firmada por el propietario del terreno. En los lotes fiscales, la recolección deberá realizarse a una distancia mínima de 1.000 metros de cualquier asentamiento rural.

Las guías se expedirán de manera virtual o en oficinas provinciales de Aluminé, Loncopué y San Martín de los Andes, en días hábiles y horario administrativo. En caso de decomisos por infracciones, los piñones serán destinados a la producción de plantines en viveros provinciales o para otros usos determinados por la Dirección General de Recursos Forestales.

Costos y restricciones

El costo del aforo para el consumo personal en bosques fiscales será de $348 por kilogramo (hasta un máximo de 30 kg por persona por temporada), mientras que para el comercio el valor ascenderá a $980 por kg, exclusivamente en situaciones autorizadas bajo un plan de manejo. En el caso de los bosques privados, el aforo será de $52 por kg para consumo y $152 por kg para comercio.

Se prohíbe el uso de herramientas o métodos que puedan dañar las plantas, como lazos, palos, machetes, hondas o cualquier otro elemento similar. También está vedada la recolección en áreas afectadas por incendios.

Solo se autorizará la recolección para consumo personal a residentes de los departamentos de Aluminé, Picunches y Ñorquín, así como a miembros de agrupaciones mapuches y pobladores rurales de diversas localidades específicas, entre ellas Cochicó, Kilka, Lonco Luan, Cuenca del Litrán y Paso del Arco, además de las Áreas Naturales Protegidas de Caviahue-Copahue, Chañy y Batea Mahuida.

Por otro lado, la recolección con fines de producción de plantines para la recuperación de bosques degradados será permitida únicamente a viveros provinciales bajo estricta regulación de la Dirección General de Recursos Forestales.

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