Villa la Angostura

Un fallo determinó que una comunidad deberá devolver tierras al municipio

Un fallo determinó que una comunidad deberá devolver tierras al municipio

El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén emitió un fallo determinante en el conflicto entre la Municipalidad de Villa La Angostura y la lof Paicil Antriao, una comunidad mapuche, en relación a la posesión de un camping turístico conocido como Correntoso. Después de más de diez años de disputa, el fallo ordena que el camping sea devuelto a la Municipalidad, desestimando el recurso de apelación presentado por la lof.

El expediente, titulado “Municipalidad de Villa La Angostura c/Montes, Hugo y otros s/acción reivindicatoria”, fue analizado en detalle por el tribunal, que no reconoció la ancestralidad de la comunidad sobre el terreno en cuestión. El fallo argumenta que no se han presentado pruebas suficientes que demuestren la ocupación tradicional y actual del sitio por parte de la lof, como lo exige la ley 26160 de emergencia territorial indígena.

En sus argumentaciones, el tribunal señala que no se ha podido establecer una conexión entre la ocupación del terreno y las prácticas consuetudinarias de la comunidad, ni se ha demostrado la posesión actual y tradicional de acuerdo con lo estipulado por la ley. Además, el fallo subraya que el reconocimiento de la preexistencia étnica y cultural de los pueblos originarios no justifica el uso de vías de hecho para reclamar la propiedad.

Por lo tanto, el tribunal ordena la devolución inmediata del camping a la Municipalidad y determina que los ocupantes pertenecientes a la lof deben asumir las costas del juicio. Este fallo marca un punto de inflexión en un conflicto prolongado y resalta la importancia del cumplimiento de la ley en la resolución de disputas territoriales entre comunidades indígenas y entidades gubernamentales.

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